CONCLUSIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL AMPLIADO DE LA CONATACOCH
Santiago 26 y 27 de agosto del 2013
A. Comisión Políticas de Transportes:
Los taxis colectivos no deben ser considerados un servicio complementario a otros medios de transportes, porque desarrollan una modalidad de servicio de transporte de pasajeros alternativo, atendiendo a un segmento de mercado que los escoge en forma regular por el tipo y calidad de servicios que brindan, por lo tanto, el trato que se les otorgue, debe ser acorde a las diferencias que poseen con respecto a los restantes medios de transportes.
Respecto al uso de las vías, y cuando se creen vías especiales, los taxis colectivos deben estar incluidos en el uso de estas, y si es necesario, en alguna regiones que poseen alta congestión vial, se deben crear vías exclusivas para los taxis y taxis colectivos.
Las Secretarías Regionales Ministeriales, deben contar con un manual de procedimientos único para todo el país, con el objeto de evitar que en cada oficina regional se aplique un criterio particular para los trámites que se deben realizar periódicamente.
El departamento de fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones debe intensificar sus acciones de control, realizando su trabajo con apego a las normas, especialmente cuando se solicita la fiscalización de una determinada zona, impidiendo que se puedan tomar represalias contra quienes solicitaron el control.
Cuando se proyecte realizar alguna modificación al Decreto Nº 212 o dictar alguna nueva resolución, la autoridad debería recabar y considerar las opiniones de quienes se verán afectados por la nueva medida, de manera que los cambios no sean una imposición y evitar una discusión estéril sobre hechos consumados.
Que los taxis colectivos sean considerados en todos y cada uno de los reglamentos o beneficios que se creen, por el solo hecho de formar parte integral del sistema de transporte público.
Que el Secretario Ministerial de Transportes, sea escogido a través de un concurso de alta dirección pública que demuestre su gran conocimiento y experiencia en transportes, evitando de esta forma que este trascendente cargo pública sea asignado por cuoteo político a alguna persona que desconozca la temática.
B. Comisión Combustibles:
Consideramos inoficioso continuar con la discusión respecto a la eliminación del impuesto específico, o que este sea pagado por todos los consumidores, porque desde su creación en el año 1985 hasta hoy, con estos recursos se ha financiado una importante parte del gasto social. Además, los grandes conglomerados (transporte aéreo, marítimo, minero y termoeléctrico), por la presión que ejercen con su inmenso poder económico seguirán excluidos de este tributo.
Ante esta realidad y tomando en cuenta que los combustibles son el principal insumo, nuestra propuesta es solicitar una compensación focalizada para taxis colectivos, básicos y furgones escolares, que forman parte del Registro Nacional del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
De acuerdo al consumo estimado por 300 Km. promedio, diarios, que recorren los taxis colectivos, consideramos una compensación equivalente al 25% del impuesto específico que pagamos anualmente a razón de 6 UTM cada mil litros.
Para que el subsidio no pierda su poder adquisitivo, debe estar expresado en UTM1, según los cálculos sería de 14 UTM anuales para los taxis colectivos, 9 UTM para los taxis básicos y 7 UTM para los furgones escolares.
Esta compensación definitiva y permanente debe ser parte del presupuesto de la nación y pagada en marzo de cada año.
De acuerdo a los valores señalados, el costo que se debe incluir en el presupuesto de la nación2 es de 108 millones de dólares anuales3. De esta forma se terminará con la discriminación que sufre nuestro sector respecto de los otros actores del transporte nacional.
C. Financiamiento al Transporte Remunerado de Pasajeros:
Consideramos una necesidad que en la discusión del Reglamento de la Ley Nº 20.378 participen activamente los dirigentes de CONATACOCH.
En las partidas consideradas para el subsidio, debe quedar claramente definido un sistema de distribución equitativo entre todos los actores del transporte, señalando claramente los porcentajes que le corresponderán a cada uno.
El ítem de modernización, debe incluir expresamente en los posibles destinos de este subsidio, la posibilidad de aplicarlo a la adquisición de vehículos convencionales, vehículo tipo, y vehículos menos contaminantes que utilicen energías innovadoras.
Cuando se trate de sistemas de seguridad y administración como los GPS, se debe considerar el financiamiento de los costos de: adquisición o arriendo, instalación, administración y monitoreo, comunicaciones, y mantención de los equipos y sistemas.
Deben estar incluidos como financiables los letreros exteriores de los taxis colectivos, como también pantallas interiores que tengan relación con la uniformidad y con la modernidad.
Se debe considerar el financiamiento de planes pilotos que tengan por objetivo probar y evaluar vehículos y equipos que incorporen nuevas tecnologías en su diseño, a fin de avanzar hacia un vehículo de trabajo tipo para nuestra actividad.
También deben ser financiables los equipos técnicos profesionales del gremio a nivel nacional y a nivel regional, además de los costos inherentes a la elaboración de los proyectos que se deban confeccionar para acceder a estos fondos.
El ítem de infraestructura debe establecer que estos fondos se puedan usar en la adquisición de terrenos, construcción, infraestructura, implementación y mejoras en terminales o rodoviarios para los taxis colectivos.
No deben quedar excluidos de poder ser financiados, los sistemas de seguridad actuales o futuros para los conductores, propietarios y pasajeros.
También se debe incluir en el reglamento la opción de adquirir equipos de comunicación móvil, e implementación de sistemas de cobros electrónicos o integración a los sistemas de pagos centralizados actuales o futuros.
MARCELO VILLALOBOS I. HECTOR SANDOVAL GALLEGOS
Secretario General Presidente